Asignación de un Protector

Casos de Asignación de un Protector

Un protector es una persona designada por la corte para manejar y vigilar todos los asuntos financieros y personales de un adulto que ha sido declarado como incapaz de manejar sus propios asuntos.

Existen dos clases de protectores:

  1. Protector de Estado: Esta clase de protectores supervisan los asuntos financieros de un adulto que no puede manejar sus propios finanzas. Para asignar un protector debe comprobarse que los recursos de esta persona están en peligro y deben ser administrados por un tercero.
  2. Protector de Persona: Esta clase de protector supervisa los asuntos personales de un individuo. Decisiones sobre sus derechos, nutrición, ropa, seguridad y adecuación del hogar, higiene personal y protección contra el abuso o daño físico.

Para iniciar un proceso de protección, Debe diligenciarse un formato de Asignación de protector ante la corte. La persona que presenta la forma ante la corte tiene la responsabilidad de sugerir un protector apropiado, pero la última decisión la toma la corte basada en las mejores posibilidades para el individuo a quien se le asignará el protector.

Cuál es el proceso para la asignación de un protector:

  1. Petición de asignación de un protector ante la corte. La petición debe incluir evidencia médica que prueba la incapacidad de la persona y también identifica a la persona o personas que desean ser nombradas como protector.
  2. La corte arreglará una evaluación para determinar el estado descrito en la petición en caso de que sea necesario.
  3. Si la persona presuntamente incapacitada debate el asignamiento de un protector, entonces se agenda un juicio en el cual se suministra un testimonio juramentado. En la conclusión del juicio, el juez determinará si se asigna o no un protector.
  4. Si un protector es asignados, el juez emitirá “cartas de autoridad” al nuevo protector que le permitirán actuar en nombre de la persona legalmente incapacitada.

 

Deberes del Protector

  • El primer deber del protector es hacer un inventario completo de todos los activos de la persona  y reportarlo ante la corte.
  • Si un protector paga cuentas en nombre de la persona que tiene a su cuidado, debe abrir una cuenta bancaria que refleje la protección. El protector será responsable de registrar y contabilizar todos los gastos y es responsable por todos los activos ante el estado. La corte usualmente solicita reportes anuales de gastos, pero algunas veces son requeridos  con mas frecuencia dependiendo de la situación.
  • Si la persona incapacitada tiene activos que no están en uso y deben ser mantenidos, el protrector puede conseguir permiso de la corte ya sea para vender o arrendar los activos. La misma regla aplica para los vehículos.
  • Si la persona incapacitada puede tomar decisiones financieras, el protector debe permitirle tomar las decisiones.

 

Para  más información puede contactarnos en las Oficinas de la Abogada Eliana Phelps a los teléfonos 909-393-4100.


Eliana Phelps

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