Certificación Permanente de Trabajo

El ministerio de Trabajo de los Estados Unidos (DOL) expide Certificaciones Permanentes de trabajo para permitir a los empleadores contratar trabajadores extranjeros para empleos dentro del país. El proceso de aplicación y de continuación de una Certificación Permanente de trabajo (PLC) puede ser complejo, aún para expertos en el campo de la inmigración. Esto se debe a las reglas del gobierno sobre cómo y cuando los trabajadores extranjeros tienen derecho del cambio de certificación, y la solicitud (ETA formulario 9089).

Usualmente lo sucede es que un empleador presenta una petición a los Servicios de Inmigración del Ciudadano de los Estados Unidos, después de obtener la información del Departamento de Trabajo de la Administración de Empleo y la Capacitación de las oficinas de Administración, Se le dará una certificación permanente de trabajo sólo si el empleador puede demostrar que ninguno otro trabajador estadounidense está dispuesto a hacer el trabajo con un salario dado justo y que la aprobación de la certificación no afectará a otros trabajadores de los Estados Unidos en posiciones similares.

El proceso para conseguir Certificados Permanentes de trabajo  es complejo  debido a toda la documentación requerida. Los abogados de la Oficina de Eliana Phelps cuentan con con toda la experiencia en Leyes de inmigración para ayudarle a obtener los mejores resultados. Si desea más información o iniciar los trámites para obtener una certificación, puede contactarnos a las oficinas de Eliana Phelps al teléfono 909-393-4100.


Eliana Phelps

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